Trazabilidad fiscal y SRI

Del CFS al CDS: la trazabilidad fiscal en Ecuador se prepara para su siguiente paso

Si tu empresa produce o importa bebidas alcohólicas en Ecuador, ya convives con el CFS: el sello físico que se activa a través de una plataforma digital y permite al SRI —y a cualquier consumidor— verificar el origen de una botella. Es la tecnología con la que trabajamos todos los días en GENCO. El 3 de junio de 2026, el gobierno publicó el Decreto Ejecutivo 398, que reforma el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y abre la puerta a un segundo tipo de control: los Componentes Digitales de Seguridad, o CDS.

Todavía no hay una fecha ni una lista cerrada de quién deberá implementarlo. Pero el marco ya existe, y vale la pena entender qué dice antes de que llegue la letra chica.

Qué son el CFS y el CDS

El decreto reforma el artículo 279.1 del Reglamento y agrega el 279.2, y con eso formaliza una distinción que conviene tener clara:

  • CFS (Componente Físico de Seguridad): el código, sello o etiqueta visible, adherido o impreso sobre el producto, envase o empaque. Es lo que ya conoces si trabajas con nosotros: un sello único por botella, verificable a simple vista o con un lector, sincronizado a la plataforma GENCO Trace.
  • CDS (Componente Digital de Seguridad): mecanismos tecnológicos —códigos digitales, registros electrónicos, plataformas de validación, sistemas interoperables— para registrar, validar, leer o rastrear un producto de forma electrónica, sin depender únicamente de una marca física.

No son tecnologías rivales. El propio decreto los describe como parte de un mismo sistema: el componente físico identifica al producto, y el componente digital lo conecta a una plataforma de control centralizada.

Un alcance más amplio que antes

Hasta ahora, la marcación fiscal en Ecuador se limitaba a un grupo específico de bienes sensibles al ICE: cigarrillos, bebidas alcohólicas y cerveza industrial. El Decreto 398 cambia esa premisa: habilita que el sistema de identificación, marcación, autenticación, rastreo y trazabilidad fiscal se extienda también a servicios, no solo a bienes físicos. El SRI trabajará junto con Aduana, ARCOTEL, ARCH y varios ministerios sectoriales para definir, dentro de sus competencias, cómo se aplica esto en cada sector.

Lo que todavía no está definido

El decreto es el marco general. Delibera y delega: le corresponde al SRI emitir, mediante resoluciones secundarias, las especificaciones técnicas de los CDS, los sectores y contribuyentes obligados, y los plazos de implementación. Hasta la fecha de este artículo, esa normativa secundaria no se ha publicado. Así que hoy no es posible decir con precisión qué tendrá que hacer, ni cuándo, un productor o importador de bebidas alcohólicas frente al CDS específicamente — más allá de que el sistema físico (CFS) que ya opera se mantiene vigente y seguirá siendo la base sobre la que se construya lo digital.

Es una distinción importante: nada de esto reemplaza al CFS que tu empresa ya usa hoy para cumplir con el SRI. Lo complementa.

En GENCO llevamos años operando la infraestructura física de esta trazabilidad para el sector de bebidas alcohólicas. Vamos a seguir de cerca la normativa secundaria del SRI a medida que se publique, y a compartir en este espacio lo que vaya aclarándose — sin adelantar detalles que todavía no existen.

Si tienes dudas sobre cómo esto podría afectar a tu operación, escríbenos.

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